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viernes, marzo 29, 2024
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El Congreso inicia el debate sobre la reforma del Ministerio Público: el oficialismo quiere revisar designaciones de Alejandra Gils Carbó

Si se aprueba el proyecto de reforma del Ministerio Público Fiscal que hoy a las 13 comenzará a debatirse en la Comisión de Justicia del Senado, no sólo se limitará a cinco años el mandato del procurador general de la Nación: también quedarían sin efecto las designaciones irregulares registradas bajo la gestión de Alejandra Gils Carbó, quien la semana pasada anunció que dejará su cargo el 31 de diciembre.

Así se traduce de una de las cláusulas incluidas en el proyecto que presentaron Federico Pinedo, junto a su compañero de bloque Ángel Rozas (UCR) y los legisladores del bloque PJ-FPV Miguel Ángel Pichetto y Rodolfo Urtubey. “Déjense sin efecto las designaciones de funcionarios efectuadas a partir de la entrada en vigencia de la ley 26.861, de Ingreso democrático e Igualitario a la Justicia”, dice un punto del artículo 23.

La ley 26.861, que establece concursos públicos y abiertos para el ingreso de funcionarios y empleados al Poder Judicial y al Ministerio Público, fue promulgada por Cristina Kirchner el 3 de junio de 2013, es decir, apenas diez meses después de que asumiera Gils Carbó.

El universo que contempla la cláusula abarca unos 1.500 nombramientos, de los cuales, aseguran, más de mil serían irregulares. Según los datos que maneja la administración nacional, en el período 2012-2016 el total de empleados del MPF pasó de 4.134 a 5.635. Estiman que en esos años fueron nombrados a dedo alrededor de 600 funcionarios jerárquicos y 400 empleados.

Cristina Kirchner y Alejandra Gils Carbó

Cristina Kirchner y Alejandra Gils Carbó

Una de las primeras medidas que adoptó la procuradora fue la redacción de un nuevo reglamento de concursos del Ministerio Público Fiscal. Esta norma estableció la designación de los jurados que evaluarían a los candidatos a fiscales de manera directa y discrecional por la procuradora general dejando sin efecto dos anteriores que ordenaban que los jurados se eligieran a través de un sorteo público.

El reglamento hecho a medida por Gils Carbó le permitió cubrir numerosos cargos estratégicos del Ministerio Público Fiscal con miembros de Justicia Legítima, la agrupación afín a Cristina Kirchner y La Cámpora. El año pasado la Sala II de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo declaró inválido el reglamento por considerarlo arbitrario y violatorio de los principios de objetividad y transparencia que exige la Constitución Nacional.

El proyecto de reforma del Ministerio Público Fiscal en 6 puntos

1. El procurador general de la Nación será designado por el Poder Ejecutivo con el acuerdo del Senado por “mayoría absoluta de sus miembros”. De esta forma, el proyecto elimina el requisito actual de reunir una mayoría de dos tercios de la Cámara alta para designar al procurador y establece, en cambio, que alcanzará con la mitad más uno de los senadores, es decir 37 votos.

2. Se eliminará el carácter vitalicio del cargo. El procurador “dura en su función cinco años y podrá ser reelegido por dos años por única vez”.

3. El procurador podrá ser removido de su cargo cuando incurra en mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones “por decisión fundada del Poder Ejecutivo”, la cual podrá ser revocada únicamente por el Senado “en el plazo máximo de 10 días hábiles”.

4. También la Cámara de Diputados “por iniciativa de la mayoría absoluta de los miembros presentes a solicitud de cualquiera de sus miembros” podrá desplazar al jefe de los fiscales, aunque tanto en este caso como en una decisión del Ejecutivo se necesitará el acuerdo de la mayoría absoluta del Senado.

5. El proyecto disuelve las procuradurías especiales creadas por la ley original, como la de Violencia Institucional o la de Narcocriminalidad y establece que “el procurador general podrá disponer por resolución la creación (…) de procuradurías especializadas cuando la política de persecución penal pública o el interés general de la sociedad así lo requieran”.

6. En la Ley del Ministerio Público de la Defensa se incluirán los mismos requisitos de designación, remoción y duración en el cargo para el defensor general de la Nación.