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jueves, abril 25, 2024
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Hoy deciden si se le otorga la libertad al profesional esperancino detenido

Un bioquímico de la Unidad Regional XI de Las Colonias, con sede en Esperanza, fue detenido la semana pasada por la policía de Santa Fe en la clínica donde desarrolla tareas.
El profesional de nuestra ciudad, está siendo investigado por la Justicia, por un posible fraude en las pruebas de ADN en el caso de una menor de 10 años abusada.

Los hechos guardan relación con la denuncia de una violación que se investiga, ejecutada presumiblemente por un esperancino que se encuentra detenido.
De acuerdo a lo que se dice, la policía de la Unidad Regional XI tiene un convenio firmado con una clínica de Esperanza con capacidad de hacer estudios de ADN en los casos de violaciones y que atiende a todos los casos en el departamento Las Colonias.
Generalmente en las violaciones lo que se estudian son cabellos, semen en ropa o en la víctima, o en su defecto restos de piel que quedan en las uñas de las víctimas producto de sus defensas contra sus atacantes. También en los elementos procurados tras el hisopado a la víctima realizado por autoridades médicas.
Si bien los hechos están bajo secreto de sumario y la información no es oficial, lo que hizo el personal de Asunto Internos de la Policía de Santa Fe, fue detener en la clínica al bioquímico y secuestrar todo el material que hace a la causa.
El pedido de detención que se tramitó por Fiscalía que investiga el caso de supuesto abuso sexual con acceso carnal de un esperancino a una menor lo hizo la Unidad Especial de Delitos de Género, Familiar y Sexual de la ciudad de Santa Fe.
El problema central pareciera ser el resultado de una pericia de ADN ejecutado por el bioquímico, que dio negativa.
La Fiscalía de Santa Fe tuvo sospechas de ese procedimiento y ordenó realizar un nuevo análisis, esta vez en el laboratorio de la P.D.I. en la ciudad de Recreo.
El resultado dio positivo.
Fue entonces que la Fiscalía pidió el allanamiento en dos clínicas médicas en Esperanza y se detuvo al bioquímico, de unos 45 años, casado, con hijos, secuestrándose elementos de pruebas a manos del personal policial de Asuntos Internos y de la División de Trata de Personas.
Puede citarse respecto al caso que el detenido Oscar N. (hijo) fue imputado por el fiscal Federico Grimberg como autor de encubrimiento agravado.
Para la jornada de hoy lunes estaba establecida la audiencia de medidas cautelares donde la Justicia definirá si el detenido prosigue privado de su libertad o es dejado en libertad mientras se prosigue con la investigación hasta el eventual juicio. Sin dudas que que el delito sea una violación agrava el problema.

Interrogantes
Sin dudas que el caso dejará secuelas no sólo penales, en el supuesto que se encuentre culpable al profesional.
El primer interrogante se surje en los investigadores es si este es el primero caso de falsedad en los resultados bioquímicos o hay otros.
Otra pregunta es que sucederá con el contrato legal o el vínculo entre la policía, la Justicia y la clínica y en qué grado será afectado.
Una tercera pregunta es si los estudios referían sólo a las ropas de la víctima y demás, o también a otros elementos tomados por los investigadores.

El cuarto interrogante que hace al hecho, es qué sucede en casos como éstos con las matrículas de los profesionales en general.

El delito de encubrimiento
La definición del delito de encubrimiento se encuentra recogido en el Código Penal en el artículo 451 de la siguiente forma: “Será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:
1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.
3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura”.

La pena del encubridor
En ningún caso podrá imponerse pena privativa de libertad que exceda de la señalada al delito encubierto.
Si éste estuviera castigado con pena de otra naturaleza, la pena privativa de libertad será sustituida por la de multa de seis a veinticuatro meses, salvo que el delito encubierto tenga asignada pena igual o inferior a ésta, en cuyo caso se impondrá al culpable la pena de aquel delito en su mitad inferior, señalan especialistas en derecho penal.
Cabe señalar que el delito de encubrimiento en este caso, se agrava porque se trata de un funcionario público que trabaja para la policía santafesina.

Exención de la pena al encubridor
Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.