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miércoles, mayo 8, 2024
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Retornan las patentes a las bicicletas en Esperanza

Todos los concejales de la ciudad aprobaron una ordenanza que reimplanta el uso de patentes para las bicicletas en la ciudad y normas para la seguridad vial.

Patentamiento
Habrá un Registro de Propietarios de bicicletas a través del patentamiento obligatorio de las mismas, el cual será gratuito.
Dicho registro contará con los siguientes datos: N° de chapa, N° de cuadro, marca, color, tipo de rodado, nombre y apellido del propietario, N° de documento, domicilio, Nº de teléfono y fecha del patentamiento.
El registro del rodado deberá ser efectuado por un mayor de 18 años y el otorgamiento de la patente será una oblea adhesiva.
Los comercios dedicados al rubro ventas de bicicletas deberán entregar el vehículo debidamente patentado.
En caso de no poseer número de cuadro, deberá grabar el número debajo de la caja pedalera y en el cuadro.
En forma quincenal, se deberán comunicar los datos de los adquirentes al Registro de Propietarios de Bicicletas, en el Departamento Patentes del Municipio.
Los propietarios de rodados que no posean patente deberán tramitarla hasta 180 días a contar desde la fecha en que se promulgue esta ordenanza por el DEM.
Propietarios que posean chapas patentes extraviadas o deterioradas obtendrán el abono de costo mínimo el recambio de la misma.

Nueva circulación
En el caso de existir carril o senda para bicicletas, se debe circular obligatoriamente por ellos sin abandonarlos, salvo obstrucción insalvable, debiendo retornar tan pronto como sea posible.
Circular por la derecha, salvo que exista una ciclovía.
No circular detrás de camiones o vehículos que impidan su visibilidad.
Detenerse ante los avisos de PARE y semáforos o luces indicadoras de PARE.
Respetar todas las señales y normas de tránsito. La bicicleta es un vehículo.
Los conductores deben someterse a las pruebas establecidas para la detección de posibles excesos o intoxicaciones por alcohol, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
Los ciclistas deberán respetar el sentido de circulación señalizado para los vehículos en general y en los carriles para bicicletas salvo que la señalización indique la posibilidad de circular en ambos sentidos.

Prohibiciones
Circular alcoholizado o bajo el consumo de estupefacientes o sustancias.
Cruzar con luz roja en los semáforos.
Si circula más de un rodado deberán hacerlo en fila india.
Circular en contramano o por la mano contraria
Circular por sitios destinados a peatones.
Circular con teléfonos celulares y auriculares en funcionamiento.
Efectuar carreras en las calles, parques o paseos, salvos expresa autorización de las autoridades municipales competentes
Circular en zigzag, con la rueda delantera en el aire, o cualquier forma peligrosa.
Circular fuera de la ciclovía, cuando esta existiese.
Circular y estacionar sobre las veredas, excepto que existan sectores de estacionamiento como bicicleteros.

Para conductores de automotores y motovehículos
Los conductores de automotores y motos deben respetar la prioridad de paso a las bicicletas: Al girar a la derecha o a la izquierda para entrar en otra vía.
Al cruzar ciclovías.
Al producirse el cambio de la señal de semáforo y encontrarse atravesando una bicicleta, los vehículos aún con luz verde, no deben iniciar la marcha hasta que la calle esté despejada.
El adelantamiento de los vehículos a las bicicletas, de no existir ciclovías, debe realizarse por la izquierda, con una separación lateral del ciclista de un metro y medio y sin tocar bocina.

Estacionamiento
Las bicicletas deben estacionarse en los bicicleteros sobre la calzada y las aceras.
Si no hay bicicleteros se podrá estacionar las bicicletas en el cordón de la ciclovía y donde no hay ciclovías.
Queda prohibido aferrar las bicicletas a árboles, columnas del alumbrado o demás.
Las sanciones a aplicarse por infracciones a la presente normativa serán determinadas por el Juzgado Municipal de Faltas según la legislación vigente.