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jueves, mayo 2, 2024
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Jóvenes ya transitan por la ciudad con monopatín eléctrico

Como señaláramos hace unos tres meses atrás, poco faltaba para que estos vehículos lleguen a la ciudad. Y por cierto llegaron a las calles de Esperanza, de la mano de chicas jóvenes sobre todo, el monopatín eléctrico, que tuvo su debut en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace unos meses con la aparición de su venta en nuestro país.

La ley nacional no decía nada sobre ellos, hasta que hace unos días, un hombre que conducía un monopatín por la Autopista Panamericana a una velocidad importante- unos 100 km/h aunque usted no lo crea- puso en evidencia que la Agencia Nacional de Seguridad Vial debía dictar una disposición que regule el uso de vehículos para la movilidad personal, como los monopatines y patinetas eléctricas en la Argentina, hecho que hizo.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial  del Ministerio de Transporte, establece a partir de ahora que los monopatines y patinetas eléctricas sólo pueden circular por las ciudades (por calles y avenidas), que la velocidad máxima es 30 km/h y la utilización del casco es obligatoria. Se suma que para transitar en ellos, deben poseer un sistema de freno que permita una detención total del mismo e iluminación delantera y trasera.

Sólo pueden ser conducidos por mayores de 16 años y que puede circular una persona.

Estos rodados no están incluidos en la Ley Nacional de Tránsito 24.449 como las bicicletas y las motos eléctricas.

Es importante indicar que las jurisdicciones- provincias, municipios y comunas- que se encuentren adheridas a las leyes nacionales Nº 24.449, Nº 26.363 y sus normas reglamentarias, será aplicable el régimen de sanciones y faltas establecidas por las mismas.

vehículos no eran contemplados en la Ley Nacional de Tránsito 24.449, a diferencias de otros vehículos cómo las bicicletas y motos eléctricas.